Soberanía y mandato popular.

July 15th, 2007 by Opinorama Leave a reply »

El reciente fallo de la Corte Federal en el caso Bussi, trae una vez más a la consideración ciudadana, el tema de la soberanía.

Para la Corte, hay que respetar la voluntad popular expresada en elecciones, que el Congreso no puede modificar, porque esa “idea confusa en manos de una mayoría política [legislativa] podría dar lugar a que una persona sea rechazada por anarquista; otra, por socialista, y otra, por motivos religiosos o de género”.

¿De donde proviene la “voluntad popular expresada en las elecciones”? Entendemos que esa voluntad es sinónimo de soberanía.

Soberanía deriva de la palabra soberano, y el Diccionario de la Real Academia Española define aquella como la “Cualidad de soberano”, y en una segunda acepción como “Autoridad suprema del poder público”. En cuanto a soberano, lo define como el “Que ejerce o posee la autoridad suprema e independiente”. Agrega el diccionario que esta palabra se aplica a personas, y que aun cuando es un adjetivo (poder soberano, decisión soberana), se usa también como sustantivo: el soberano.

Inicialmente, a fines de la Edad Media, el concepto de soberano se identificaba con el monarca, que dentro de la monarquía absoluta era quien ejercía la soberanía, es decir, era el que tenía el poder supremo, que incluso llegó a definirse como una potestad divina, por ser proveniente de Dios. Con el tiempo las ideas de soberano y soberanía fueron evolucionando, hasta llegar a lo que hoy se entiende por tales.

Es habitual en las constituciones democráticas que se diga que la soberanía, o sea, aquella “autoridad suprema e independiente”, reside en el pueblo.

En teoría, esa “autoridad suprema” se ejerce mediante el voto, en lo que toca a la soberanía que el pueblo delega en los funcionarios electivos, y, en cuanto a la soberanía directa, mediante los diversos tipos de referendos que la misma Constitución prevé para derogar leyes, revocar el mandato dado mediante elecciones a dichos funcionarios electivos y otros fines.

El voto popular traslada-por tiempo determinado-el ejercicio del poder representativo a las personas que han resultado electas. Cumpliendo de esta forma aquel precepto constitucional: “El pueblo no delibera ni gobierna, sino, a través de sus representantes”.

Tendríamos también que preguntarnos que sucede cuando esa representación cumple parcialmente su cometido, o las más de las veces, lo desvirtúa totalmente. También, en oportunidades, directamente traiciona el mandato conferido. La respuesta, hasta ahora, la encontraremos en el instituto del “juicio político”. En la práctica, sabemos que las obsecuentes mayorías legislativas dan por tierra cualquier intención en ese aspecto.

1º Conclusión: La representación popular es ilusoria, casi utópica. Únicamente queda abierta el día de la elección, a las 08 horas y luego a las 18 horas, de ese mismo día, es nuevamente conculcada. Ejemplo de ello, es precisamente el no haber dejado asumir al Sr. Patti-a pesar que casi 400.000 votos lo avalaron-por cuestiones que debieron ser entendidas, oportunamente, por la justicia electoral.

El Diputado Bonasso, un confeso montonero que huyó a Mexico-mientras sus compañeros morian en Argentina-fue quien impulsó tal proyecto. Hoy, ese mismo diputado sin partido, no es alcanzado por el fallo de la corte, que anuló los indultos de Menem, los mismos alcanzaron en su momento, tanto a los militares golpistas y torturadores, como a los guerrilleros culpables de tantas muertes de inocentes.

La teoría de la representación, a pesar de una serie de antecedentes ingleses y norteamericanos tiene su nacimiento en la obra del abate Sieyes en Francia “¿Qué es el tercer estado?”, “donde dice que el objeto de una asamblea representativa es expresar la voluntad de una nación; que ésta es la reunión de los individuos; que la finalidad de la nación es distinta de la de los individuos; y así confían el ejercicio de esta porción de voluntad nacional, y por consiguiente de poder, a algunos de entre ellos…El pueblo no puede hablar ni puede obrar sino por medio de sus representantes y estos no lo son de quienes lo han elegido, sino de la Francia entera”.-

El vocablo soberanía también ha jugado un importante papel en la Teoría Política y en la Doctrina del Derecho Internacional. Es por eso que el contenido de esta palabra ha sido oscurecido y deformado, por lo que puede entenderse de varios modos o admitir distintas interpretaciones y ser, por consiguiente, motivo de dudas, incertidumbre y confusión. El principal problema estriba en que habiendo tantas definiciones del término como hay autores, no hay acuerdo sobre cuál es el objeto buscado por este concepto en el derecho internacional.

Hasta aquí, posiciones donde lo fáctico e histórico lo hemos mezclado con lo académico. La cotidianidad de los hechos nos indica que la representación y el mandato popular son cada vez más ignorados por los representantes elegidos a través de los mecanismos electorales previstos por nuestra Democracia.

2º conclusión: El trágico resultado que origina el incumplimiento del mandato popular, las consecuencias que acarrea haber traicionado los legítimos y sagrados intereses nacionales y populares, quedaron demostrados en las penosas horas vividas durante diciembre del 2001.

Seguimos asistiendo-a pesar de lo anterior-al pergeño de acciones por parte del gobierno, que tienen puro carácter populista, demagógico, y hasta ilusorio. Todo ello en un marco de implícito nexo mendaz, que al tiempo -por parte del oficialismo-de una pretendida acción explicativa, queda, en el mismo espacio, demolido por esa insostenible red de engaños que ya les está resultando imposible sotener.

Mientras tanto, insisten en revivir a los fantasmas del pasado. Con lo que no cauterizarán aquellas viejas heridas que en un tiempo parecieron hacerlo. Por el contrario, las políticas aplicadas-en ese tópico-desde hace casi 4 años, no han hecho otra cosa que trabar la unidad y concordia de la Nación.

Se desaprovecha, por otra parte, un inmejorable momento histórico que la situación interna y externa nos otorga. A cambio, se transita por caminos erráticos que aumentan la iniquidad, haciendo con ello más ricos a unos pocos y cada mas pobres a la gran mayoría. Esa mayoría, que una vez más fue traicionada.

Por estos tiempos se habla de cambios, si hay cambios, por ejemplo en el precio de la canasta alimentaria, la menor prestación de las obras sociales prepagas, el aumento descarado en las tarifas de los servicios oligopólicos-léase Telefónica-la falta de energía,la cual, si bien es cierto que viene de arrastre, este gobierno sólo confió en la “meteorología benigna” dejando de lado cualquier otra previsión. Resultado, el paro de fábricas cuya producción es indispensable para el desarrollo del país; un ejemplo: fabrica de urea en Bahía Blanca, hace más de treinta días que no produce un gramo.

Aumento de corrupción y amparo a los corruptos desde las más altas esfereas. ¿Acaso, lo anterior no es profundizar ese cambio?.

El cambio que debería experimentar nuestro país, sería de orden cultural. Ello lleva tiempo y precisamente no es lo que abunda. Las necesidades insatisfechas de nuestro pueblo no pueden esperar los resultados de acciones que llevarán, sin duda, varias generaciones.

Mientras tanto, sería deseable que en caso de darse un resultado electoral que verdaderamente pudiera iniciar un “cambio transformador de verdad”, una de las primeras acciones a emprender, sería reformar la Constitución.
En efecto, aquel espúrio acuerdo-del que devino la reforma de 1994-sellado mediante lo que se llamó “Pacto de Olivos”, es, uno de los origenes de este descalabro institucional. El ballotage, por ejemplo, tendría que tener idéntico sentido práctico que el de Francia; 50% más un voto para ganar.

Los presidentes, al igual que en EEUU, no podrían repetir más de dos períodos, continuos o discontinuos.
Los decretos de necesidad y urgencia y los superpoderes, deberían desaparecer- Hoy ni por asomo se respeta el Art.29 de nuestra Constitución Nacional.
Pues entonces, la redacción de ese artículo debería ser aún más dura y la reglamentación de su espirtu deberá plasmarse taxativamente mediante una ley federal a la cual, deberían adherir todas las Provincias.

Las lucubraciones de políticos trasnochados, o de los interesados en lavar las medias del mandamás de turno mediante el repulsivo uso de la lengua (chupamedias), no pueden encontrar justificativo Constitucional.

Quienes han otorgado superpoderes al Poder Ejecutivo, y ahora también a sus secretarios, han aprobado actos de “nulidad insanable” y quienes los han consentido, formulado o firmado han quedado sujetos a la “responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria.”

Los Fiscales y Jueces de la República, o lo que quedará de ella, tendrán-en un futuro cercano-la “obligación” de investigar y condenar de oficio a los intervinientes, cualquiera sea el signo político al que pertenezcan cuando se haya probado el violentamiento a que está siendo sometida la Constitución.

Caso contrario estarían convalidando una clara y obscena alteración del orden Constitucional. Este accionar es extensivo a quienes a sabiendas y con premeditación hicieron y sostienen la apología de este delito.

Conclusión final: En anteriores párrafos hablamos de las mayorías traicionadas, a las mismas, se nos abrirá el camino de árbitro, el próximo octubre. Sería, de nuestra parte, agregar otra traición, no saber aprovechar una oportunidad que en el futuro, nos podrá ser demanda por las generaciones que hoy no votan.

Enrique Serra.-

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