Cuando además de libros se queman neuronas.

June 6th, 2008 by Opinorama Leave a reply »

El 29 de abril de 1976, Luciano Benjamín Menéndez, jefe del III Cuerpo de Ejército con asiento en Córdoba, ordenó una quema colectiva de libros, entre los que se hallaban obras de Proust, García Márquez, Cortázar, Neruda, Vargas Llosa, Saint-Exupéry, Galeano… Dijo que lo hacía “a fin de que no quede ninguna parte de estos libros, folletos, revistas… para que con este material no se siga engañando a nuestros hijos”. Y agregó: “De la misma manera que destruimos por el fuego la documentación perniciosa que afecta al intelecto y nuestra manera de ser cristiana, serán destruidos los enemigos del alma argentina”. (Diario La Opinión, 30 de abril de 1976).


El Ministro Fernández Alberto, además de haber quemado la Constitución, parece haber incinerado también, sus neuronas. Esta rebuscada interpretación de nuestra máxima ley no hace otra cosa que confirmar que estamos gobernados por una verdadera dictadura. Pero lo peor no sería ello, sino, que a cargo de esta despótica administración asistida por un hato de genuflexos, se encuentra un hombre que a priori pareciera tiene sus facultades mentales alteradas.

Nos ha parecido-al respecto del tema-atinado la Editorial del Diario La Nueva Provincia de Bahía Blanca. Por ello la ponemos a disposición de nuesttros visitantes.

Caradura

Comentando el fracaso de la sesión en Diputados, a la que invitaron los opositores para discutir el problema del campo (y que el oficialismo por tercera vez mandó a fracasar), el jefe de Gabinete arguyó que el Congreso nada tiene que decir sobre las “retenciones”, pues no son un impuesto sino “un instrumento de política”.

Qué caradura. Alberto Fernández, que dice ser o haber sido profesor de Derecho Constitucional, respondía al cronista, pero por elevación le salía al cruce a Eugenio Zaffaroni, el juez de la Suprema Corte, quien había opinado que, tarde o temprano, el supremo tribunal tendrá que evaluar la constitucionalidad de las “retenciones”.

Fernández se obstina en el artículo 4º, tanto de la Constitución alberdiana como de la actual, donde dice que “el gobierno federal provee a los gastos de la Nación con los fondos del Tesoro Nacional formado del producto de derechos de importación y exportación”.

Es cierto que el Ejecutivo así “provee a sus gastos”, pero “le corresponde al Congreso establecer los derechos de importación” e “igualmente los derechos de exportación” (Art. 67 de la Constitución alberdiana, y 75 de la vigente), sin que aparezcan sacralizados en ninguna parte los instrumentos de política del oficialismo de turno.

No puede existir impuesto alguno sin consenso, ni en esta ni en ninguna otra Constitución del mundo, y todo el estribo del “kirchnerismo” para aumentar retenciones es la famosa ley de Emergencia Económica que le otorgaba facultades extraordinarias al señor Fernández, emergencia que ya no existe, pero la mayoría oficialista repone anualmente.

En suma, el kirchnerismo cree que por haber ganado una elección, puede mandar como un rey absoluto y, entre otras arbitrariedades, abolir la Constitución y en especial el artículo 17, que dice: “La propiedad privada es inviolable…” y que “la expropiación por causa de utilidad pública debe ser calificada por ley…” remachando el párrafo con una frase inapelable: “Sólo el Congreso impone las contribuciones que se expresan en el artículo 4″, o sea, el mismo dónde se guarece el señor Fernández para fundamentar sus exacciones.

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